martes, 6 de marzo de 2012
Asociación Civil propone Tribunal Ambiental.
Silvano Bautista Ibarias.
Los recursos naturales y el ambiente en general desde décadas han sido sujeto de análisis, estudio y creación de leyes, pero estas se encuentran dispersas en diversos documentos lo que hace complicado su conocimiento y aplicación, por lo que es necesario su reordenamiento consideró la agrupación “Unidos por el Ambiente”.
En la segunda edición de la gaceta de esta AC, se señala que estas leyes de protección a la naturaleza y el medio ambiente, tratan de derechos y obligaciones de particulares, facultades y deberes de la autoridad, que tiene por finalidad garantizar la eficacia del derecho a un ambiente sano y adecuado para bienestar y el desarrollo de la persona física, y por ende, la supervivencia de la especie humana en su entorno natural y cultural.
Sin embargo, señala en este rubro existe un vacío jurisdiccional, debido a que está ausente en las leyes de México un derecho procesal ambiental que permita el eficaz cumplimiento de los derechos fundamentales que trascienden a la persona y que corresponden a todo un grupo social o colectividad, y por lo que resultan afectados por actividades de la administración pública y particulares, en cuanto que afectan recursos naturales, ecosistemas, o la salud colectiva.
Esto, agrega, es consecuencia de la existencia de intereses difusos, intereses de grupo o intereses colectivos, que se constituyen en un obstáculo para acceder a la jurisdicción, toda vez que al ambiente, se le debe entendercomo un bien jurídico colectivo, correlativo de un derecho fundamental inherente a la persona, porque sin ambiente sano, se deteriora la calidad de vida y se pone en riesgo la
De acuerdo a “Unidos por el Ambiente” en México existe reconocimiento constitucional de un derecho a un ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar, pero queda sin tutela efectiva, porque no hay una regulación procesal, que establezca la legitimación, la acción, el proceso, la carga aprobatoria, facultades oficiosas del juez, la producción y desahogo de pruebas, así como su valoración y el contenido de las sentencias que decidan sobre una acción de naturaleza especial ambiental para la prevención, preservación, y restauración del daño ambiental y en su caso, indemnización, cuyo fin específico sea la protección de los recursos naturales y en general el ambiente.
Por todo ello, apunta, resulta necesaria la creación de un Tribunal Federal Ambiental y de tribunales locales ambientales, con competencia concurrente o coincidente, y una ley General Procesal Ambiental para ambos tribunales a fin de garantizar un medio ambiente sano para todos.
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